Cuando retrasar un plan de igualdad deja de ser descuido y pasa a ser discriminación
La igualdad en el ámbito laboral no debería depender del calendario ni de la buena voluntad empresarial. Sin embargo, la realidad demuestra que, para algunas organizaciones, cumplir con sus obligaciones en materia de igualdad es una tarea postergable, negociable o directamente evitable. Por ello, la normativa es clara: cuando la negociación del plan de igualdad se retrasa por culpa de la empresa, debe haber consecuencias. Y los tribunales ya están aplicándolas. Las empresas con una plantilla igual o superior a 50 personas están obligadas a elaborar un plan de igualdad. No se trata de un trámite simbólico, sino de una herramienta jurídica que exige rigor técnico, transparencia y, sobre todo, diálogo. El plan de igualdad no puede imponerse unilateralmente: debe negociarse con la representación legal de las personas trabajadoras. Antes incluso de redactar el plan, la empresa debe elaborar un diagnóstico de situación y una auditoría retributiva. Y todo ello debe realizarse dent...