No, señoros, su miedo a la huelga general no es un "servicio esencial"
Hoy vamos a desentrañar uno de los grandes misterios que surgen cada vez que se convoca una movilización laboral: ¿qué pasa exactamente si hay servicios mínimos?.
Parece que para ciertos sectores políticos y empresariales muy vocales en su rechazo a los paros, este concepto es una especie de comodín diseñado para que la maquinaria siga funcionando como si nadie estuviera protestando.
Vamos a ponernos didácticos, porque la amnesia selectiva en las altas esferas suele ser preocupante.
Los servicios mínimos no son una excusa para que las empresas sigan produciendo a pleno rendimiento; únicamente pueden establecerse cuando la huelga afecta a servicios que son verdaderamente esenciales para la comunidad.
Y por si hay dudas en los despachos: el hecho de que un servicio sea esencial no significa en absoluto que toda la plantilla tenga que ir a trabajar.
Si resulta que la ruleta rusa te ha señalado a ti y eres una de las personas designadas para estos servicios, no te limites a agachar la cabeza.
Tu obligación es comprobar estrictamente qué horario debes cumplir y cuáles son las funciones específicas que tienes asignadas.
No estás ahí para adelantar trabajo atrasado, cubrir a tres compañeros ni salvar los márgenes de beneficio del trimestre.
En definitiva, las normas están para cumplirse en ambas direcciones.
Los servicios mínimos tienen un propósito regulado y no pueden utilizarse bajo ningún concepto para impedir en la práctica el derecho fundamental de huelga.
La próxima vez que desde ciertas tribunas intenten convencerte de que cualquier paralización es el fin del mundo, recuérdales que tu derecho a protestar no se cancela por conveniencia.
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