El contrato indefinido: ese misterioso unicornio laboral
Ah, el contrato indefinido. Ese ser mitológico del mercado de trabajo español que, según la ley, “se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de servicios”. Qué poético. Qué inspirador. Qué poco habitual.
Porque, seamos sinceros: hablar de “indefinido” en un mundo donde las empresas cambian de plantilla más rápido que de tóner es como hablar de unicornios: sabemos que existen porque lo pone la normativa —artículos 8 y 15 del Estatuto de los Trabajadores, nada menos— pero a ver quién los ha visto correr libres por la oficina últimamente.
El contrato indefinido puede ser verbal o escrito. Maravilloso. Uno puede comprometer la estabilidad de toda una vida con el mismo procedimiento con el que encarga un café: “Sí, lo quiero. Largo de leche. Indefinido, por favor.”
Eso sí, hay casos —unos pocos, apenas una docena— en los que sí hay que hacerlo por escrito: contratos a tiempo parcial, fijos discontinuos, de relevo, de trabajo a distancia, personal de pesca… Nada, casi nunca pasa. Por supuesto, si olvidan hacerlo por escrito cuando es obligatorio, el contrato se presume indefinido y a jornada completa. Qué detalle tan encantador. Un regalo sorpresa jurídico.
Los indefinidos pueden ser:
Ordinarios
Fijos discontinuos
A jornada completa
A tiempo parcial [15 GL Cont...indefinido | PDF]
Vamos, que el contrato indefinido tiene más combinaciones que un menú del día. Pero tranquilos: indefinido es, aunque te llamen solo cuando hay trabajo, cuando no lo hay, cuando quizá lo haya o cuando alguien se acuerde de que existes.
Con su tono sobrio y elegante, señalemos que los contratos indefinidos pueden tener incentivos, dependiendo de mil variables: características de la empresa, de la persona contratada, de si hay luna llena, de si Mercurio está retrógrado…
Una forma sutil de recordar que, a veces, lo que realmente impulsa la estabilidad laboral no es la justicia social, sino un buen descuento en cotizaciones.
Ahora una oda al caos administrativo. Uno puede convertirse en fijo por:
✔ Incumplir la normativa del artículo 15 ET
Si la empresa mete la pata con la duración del contrato, zas, fijo. Casi como ganar la lotería, pero con más ansiedad.
✔ No dar de alta al trabajador en la Seguridad Social
Si pasa el periodo de prueba y… sorpresa, no te han dado de alta, automáticamente eres fijo. El premio a la dejadez empresarial.
✔ Encadenar contratos temporales como quien colecciona cromos
Si trabajas más de 18 meses en un periodo de 24 meses mediante varios contratos temporales, enhorabuena: eres fijo. Aunque nadie se haya molestado en decírtelo. También se aplica si el puesto en sí mismo ha sido ocupado así.
Vamos, que a veces uno se hace fijo no porque lo merezca, ni porque la empresa quiera, sino porque el calendario ha decidido hablar.
Queda claro que el contrato indefinido es:
Jurídicamente impecable
Administrativamente travieso
Socialmente deseado
Y, sobre todo, una criatura escurridiza que aparece cuando menos te lo esperas, normalmente porque algún trámite no se ha hecho como tocaba.
Si el mercado laboral fuera una película, el contrato indefinido sería ese personaje que aparece dos minutos, salva la trama… y luego ya nadie vuelve a ver.
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